¿hay niveles en la ACCESIBILIDAD?

(este texto contiene algunos «realzados» de palabras con efecto «letra negrita» que facilita la lectura, pero su no identificación por determinados lectores automáticos de pantalla no reduce la comprensión del mensaje)

Hace unos meses (estamos en julio de 2022) En el “site” de Linkedin de @Fullaudit, se publicó un “post” sobre #accesibilidad en el que Montse Martinez tuvo la generosidad de compartir con nosotros su forma de ver el “proceso de certificación”.

Establecer unos “niveles” de accesibilidad es una cuestión que siempre me ha preocupado y que pese a propuestas como la de AIS.FARS no creo que se hayan resuelto aún, de manera que no perdí la oportunidad de contrastar la opinión de una profesional y me animé a preguntar a Montse ¿Cuál es para vosotros el orden de prevalencia de los criterios?

Una vez más, con la generosidad de que ya hizo gala, Montse, FullAudit, dijo … (o esto es lo que yo entendí)

Nuestro criterio de priorización viene determinado por las consecuencias que la falta de la medida a implantar implica desde el punto de vista de usabilidad y seguridad.

Por ejemplo, si imposibilita su uso o bien este uso puede representar un peligro elevado lo consideraríamos prioridad alta,(NIVEL 1 – SEGURIDAD)

si dificulta su uso pero se puede superar con ayuda de terceras personas lo consideraríamos prioridad media, (NIVEL2 – USABILIDAD SIN INDEPENDENCIA)

y por último, si favorece su uso de manera más autónoma lo consideraríamos prioridad baja.(NIVEL 3 – USABILIDAD CON AUTONOMÍA)

(Montse Martinez – Fullaudit)

Desde mi punto de vista, vuestro criterio (el de Fullaudit)  no solo es un criterio acertado, sino que está muy extendido entre los técnicos que tratan de “accesibilidad”, aunque …

voy a darte opinión al respecto.

LO QUE DICE EL CTE – ARTICULO 12

En el artículo 12 de la parte primera del documento CTE se establecen los objetivos del apartado -DB-SUA según el siguiente texto: 

1.El objetivo del requisito básico «Seguridad de utilización y accesibilidad» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las personas con discapacidad.  

2.Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes. 

3. El Documento Básico DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad específica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad de utilización y accesibilidad. 

CTE- DB.SUA, artículo 12

MI INTERPRETACIÓN

El texto del CTE marca el objetivo de regular las condiciones mínimas de calidad de proyecto, construcción y mantenimiento de edificios para que – cumpliendo las normas básicas que se establecen en el documento – reduzcan a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios y facilitar el acceso, y la utilización no discriminatoria, independiente y segura. 

Vemos pues que además de indicar que los requisitos del documento son “BÁSICOS”, es decir que lo que es CTE marca es “lo fundamental” (RAE-básico) es lo mínimo, pero no lo único,   también establece un orden de prevalencia situando la REDUCCIÓN DE RIESGOS, por delante de un ACCESO FÁCIL y una utilización NO DISCRIMINATORIA, AUTÓNOMA (independiente) y SEGURA. 

Si has llegado hasta aquí leyendo, tendrás claro que no soy un experto en gramática española (seguramente los redactores del CTE tampoco), pero tal como yo lo leo, entiendo que hay cinco partes.

  • 1-   REDUCCIÓN DEL RIESGO a límites aceptables
  • 2-   FACILITAR EL ACCESO
  • 3-   FACILITAR LA UTILIZACIÓN , que a su ves divide en tres
  • a.    Utilización NO DISCRIMINATORIA
  • b.    Utilización AUTÓNOMA (independiente)
  • c.     Utilización SEGURA.

La dificultad de entenderlo que yo veo es que la “seguridad” cuando hablamos de “riesgos” es primordial (nivel 1) , mientras que cuando hablamos de “utilización” es secundaria (nivel 5).

Me explico:

Por un lado hay tres niveles de importancia-

  • –      NIVEL 1 – REDUCCION DE RIESGOS
  • –      NIVEL 2 – FÁCIL ACCESO
  • –      NIVEL 3 – FÁCIL UTILIZACIÓN

Mientras que en los niveles de “Facilidad de utilización” están claramente establecidos como.

  • –      NIVEL 3 – Utilización NO DISCRIMINATORIA
  • –      NIVEL 4 – Utilización AUTÓNOMA (independiente)
  • –      NIVEL 5 – Utilización SEGURA.

Y si éste fuera el nivel de importancia, lo más importante es que un espacio sea claramente de “fácil acceso”; que permita una utilización, “no discriminatoria”, que la utilización se haga de forma “autónoma” y que la utilización sea “segura”.

Aquí es donde yo veo que tenemos (tengo) la dificultad de “valoración” de la característica “seguridad” al enfrentarla a “reducción de riesgos”.

Si interpretamos que “reducción de riesgos” es sinónimo de “seguridad”, los aspectos que afectan a la seguridad estarían en el primer nivel, mientras que si interpretamos que la “reducción del riesgo” (riesgo/contingencia – RAE) es lo que el propio CTE-DB-SUA especifica (riesgo de caídas, de impacto o atrapamiento, de aprisionamiento, por iluminación inadecuada, por situaciones de alta ocupación, de ahogamiento, por vehículos en movimiento, por la acción del rayosería eso y solo eso lo que estaría en el primer nivel, mientras que el resto de las cuestiones de “seguridad de utilización” estarían en el último nivel.

Otras formas de verlo – la ADA americana.

La ADA americana, establece CUATRO niveles de prioridad en función de “hasta cómo un usuario puede disfrutar de un espacio.

La lista de verificación sigue las cuatro prioridades que se enumeran en las regulaciones del Título III de la ADA del Departamento de Justicia. Estas prioridades son igualmente aplicables a las instalaciones del gobierno estatal y local dentro de los Estados Unidos de América.

  • Prioridad 1 – Acceso y entrada accesibles
  • Prioridad 2 – Acceso a bienes y servicios
  • Prioridad 3 – Acceso a los aseos públicos
  • Prioridad 4 – Acceso a otros artículos, como fuentes de agua y teléfonos públicos

Esta forma de verlo está más centrada en la cuestión “¿a qué he venido yo aquí?” que podríamos plantear para un restaurante, hotel, tienda, oficina, servicio médico, etc.

La clasificación ADA tiene más que ver con el grado en que una persona puede – o no – disfrutar de los espacios, bienes y servicios que se le ofrecen que desde el grado de satisfacción con que lo hará.

AlfonsoBRUNA

Cuando habla de “acceso”, ya sea físico, de comunicación o de utilización, no establece si esa entrada es la principal o una accesoria (discriminación) y tampoco en si ese acceso se hace de forma autónoma o asistida (autonomía), ni si la utilización es “asistida” o no. Estamos, más bien ante una clasificación exclusivamente desde el punto de vista más “mercantil” que desde el punto de vista de la experiencia del usuario.

PRIORIDAD 1 – ACCESO – ¿puedo entrar?,

Evidentemente si no puedo acceder, el establecimiento no será “accesible”.

Si puedo entrar, aunque sea con ayuda, la “PRIORIDAD-1” está superada.

PRIORIDAD 2 – BIENES Y SERVICIOS – ¿puedo utilizar el servicio principal?, ya hemos superado la primera dificultad y me encuentro en el mismo lugar que mis acompañantes, ahora la pregunta es ¿puedo utilizar el servicio o bien al que hemos venido?; ¿puedo hacer un pedido y comer en el restaurante?; ¿hacerme entender por el abogado o médico que me atiende? ¿puedo sentarme en la silla del dentista?; ¿puedo utilizar el establecimiento hotelero para hospedarme?, etc.

Si puedo utilizar el servicio o adquirir el producto principal al que he venido, se habrá superado la “PRIORIDAD-2”.

PRIORIDAD 3 – ASEOS PUBLICOS – ¡puedo utilizar el baño? En la mayoría de los establecimientos públicos hay un aseo a disposición de clientes y visitantes y suele ser por la cantidad de tiempo en la que el visitante pasa en el establecimiento (centros comerciales y grandes espacios públicos) o porque en el mismo se dispensan comidas y, o, bebidas; es por esto por lo que la cuestión de los aseos tiene una especial atención.

Si los aseos públicos están adaptados (al menos en determinado número) para todo tipo de personas, el establecimiento habrá superado la “PRIORIDAD 3”.

PRIORIDAD 4 – OTROS SERVICIOS AUXILIARES – ¿puedo utilizar todos los servicios a mi disposición? – Todos los establecimientos tienen un “objetivo principal”, comer en un restaurante, tomar algo rápido en un bar, comprar productos como ropa, comida o medicamentos en tiendas de ropa, alimentación o farmacia; dormir en un hotel, recibir asistencia en un centro médico, etc. Pero, también suele haber una serie de servicios complementarios como la piscina de un hotel, los complementos en una tienda de ropa, la utilización de teléfono o fuentes de agua, etc. Es decir, la pregunta sería ¿puedo utilizar todos los servicios a mi disposición? Si la respuesta a esta pregunta es “SI”, se habrá superado la “PRIORIDAD 4”

MI CONCLUSIÓN

Los técnicos encargados de aplicar estos criterios, normalmente invertimos el orden dando mayor importancia a la seguridad frente al acceso fácil y a éstos frente a la independencia o la no discriminación en el uso, pero el legislador estuvo muy acertado en su redacción. 

Veamos entonces cuales son los “NIVELES” de CALIDAD en un proyecto, ejecución y explotación de ESPACIO ARQUITECTÓNICO:  

 1-   REDUCCIÓN DE RIESGOS POSIBLES según lo establecido como riesgo de caídas, de impacto o atrapamiento, de aprisionamiento, por iluminación inadecuada, por situaciones de alta ocupación, de ahogamiento, por vehículos en movimiento y por la acción del rayo

2-    FÁCIL DE ACCEDER Y UTILIZAR. Podemos entender que si el acceso no es “fácil” muy probablemente no sea seguro y sin duda será discriminatorio y no autónomo.

Parece que la condición de “accesible” sería un elemento esencial, algo así como el «factor higiénico» en el diseño de un espacio. Si no se puede acceder, ¿para que diseñarlo?. Llevemoslo al absurdo, ¿podemos imaginar un espacio que no sea en absoluto accesible?, ¿sin puertas? Solo me lo imagino en un parque de atracciones.  

3-    NO DISCRIMINATORIO. Ahora bien, si es fácil de acceder o utilizar, pero solo para un determinado colectivo… ¿no atentará contra uno de los derechos fundamentales de las personas reconocidos en la propia constitución?.

Todas las personas tenemos los mismos derechos y la ley establece el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos . Así lo indica el RDL 1/2013 Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.  

 Un espacio debe diseñarse para una utilización en igualdad de condiciones para todas las personas. #accesibilidad es #MasQueRampas

4-   USO AUTÓNOMO. Un espacio fácil y no discriminatorio que no pudieran utilizar de forma autónoma algunas personas, sería humillante para personas que necesitan “pedir permiso” para utilizarlo y no lo pueden hacer en igualdad de condiciones de intimidad y autonomía que los demás. 

El espacio arquitectónico puede utilizarse de forma autónoma por todos los usuarios. #MasQueRampas @casaGenial @abrunadaptable  

5-    SEGURO. Finalmente, un espacio “no seguro” atentaría contra la integridad y la salud de las personas que lo utilicen.

Veo esta característica más desde el punto de vista de la “salud” de las personas que como del “riesgo” de accidentes que ya se prevén en el nivel 1 pero también esto me supone una dificultad para separar unas de otras. Seguramente los expertos en seguridad y salud laboral si podáis ayudarme y sepáis diferenciar cuando una adaptación (o la falta de ella) afecta al «riesgo de accidente» o a la «salud» del usuario.

Desde este punto de vista, la seguridad en la utilización es igualmente un factor higiénico en el diseño de los espacios. 

Un espacio accesible reduce el riesgo de sufrir daños para las personas en su utilización. #MasQueRampas @casaGenial @abrunadaptable  

Por lo tanto, MI INTERPRETACIÓN es:

La suma de acciones y adaptaciones de un entorno construido, si tuviera que priorizarse por niveles, la haría así:

  1. NIVEL-1-   Que REDUZCA LOS RIESGOS
  2. NIIVEL-2-  Que tenga FÁCIL ACCESO
  3. NIVEL-3-  Que la utilización sea NO DISCRIMINATORIA 
  4. NIVEL-4-  Que permita una UTILIZACIÓN AUTÓNOMA
  5. NIVEL-5-  Que permita una UTILIZACIÓN SEGURA

Un espacio arquitectónico es un espacio diseñado de forma que es: fácil de acceder y que se utiliza de forma no discriminatoria, autónoma y segura.
#ACCESIBILIDAD es #MasQueRampas @casaGenial @abrunadaptable